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    <titulo>– Fuenlabrada. Organización y funcionamiento. Ordenanza prestaciones sociales individuales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Fuenlabrada</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Ordenanza prestaciones sociales individuales 
  El Pleno del Ayuntamiento de Fuenlabrada, reunido en sesión ordinaria de fecha 10 de mayo de 2013, aprobó inicialmente la modificación de la ordenanza municipal reguladora del reconocimiento del derecho y concesión de prestaciones sociales individuales de carácter económico o material.
  En virtud de lo dispuesto en el artículo 49.b de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se encuentra expuesto al público el texto de la citada modificación reglamento, en el tablón de edictos del Ayuntamiento durante el plazo de treinta días hábiles, durante los cuales los interesados podrán interponer ante el Pleno municipal las reclamaciones y sugerencias que consideren oportunas.
  En Fuenlabrada, a 24 de mayo de 2013..El alcalde-presidente, Manuel Robles Delgado.
  (03/18.196/13)</texto>
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