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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/06/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Móstoles número 1. Despidos 741 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 213 
 Despidos 741 de 2012 
  Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 5 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Gabriel García Martínez, frente a “Talleres Albert-Auto Chapa, Pintura y Mecánica, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado las resoluciones de fechas 27 de febrero de 2013 y 9 de marzo de 2013 siguientes:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Gabriel García Martínez, frente a “Talleres Albert-Auto Chapa, Pintura y Mecánica, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por importe de 5.672,45 euros de principal, más la cantidad de 600 euros que se fijan provisionalmente para intereses y costas.
  Contra este auto cabe interponer recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro del plazo de tres días hábiles siguientes al de su notificación, sin perjuicio de su ejecutividad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 239.4 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre.
  De conformidad a lo dispuesto en la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, disposición adicional decimoquinta, es necesaria la constitución de un depósito por importe de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2850, que es exigible únicamente a quienes no tengan la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, quedando exentos de constituir el mismo el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos, con apercibimiento de poner fin al recurso, quedando firme la resolución impugnada.
  Así por este su auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor don Francisco Juan Sánchez Delgado, magistrado-juez de lo social número 1 de los de Móstoles.
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 5.672,45 euros de principal y 600 euros calculados para intereses y costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Talleres Albert-Auto Chapa, Pintura y Mecánica, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Talleres Albert-Auto Chapa, Pintura y Mecánica, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 9 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/16.766/13)</texto>
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