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    <identificador>BOCM-20130613-176</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/06/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Despidos 616 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>139</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 176 
 Despidos 616 de 2011 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 616 de 2011, ejecución número 43 de 2012-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Cristina Ferreira Arcanjo, frente a “Natil, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado por la magistrada-juez de lo social doña María Luisa Gil Meana el auto de fecha 9 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución del auto de extinción de la relación laboral de fecha 12 de abril de 2912 a favor de la parte ejecutante doña Ana Cristina Ferreira Arcanjo, frente a la parte demandada “Natil, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 13.875,10 euros, más 13.875,10 euros, 832,50 euros y 1.387,51 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su porterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución podrá deducirse oposición en los términos previstos en el artículo 239.4 de la Ley de la Jurisdicción Social, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario del régimen de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2805/0000/64/0043/12.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Gil Meana
  Hago saber: Que en el procedimiento número 616 de 2011, ejecución número 43 de 2012-JG, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Ana Cristina Ferreira Arcanjo, frente a “Natil, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado por el secretario judicial, don David Atienza Marcos, el decreto de fecha 9 de mayo de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución, acuerdo dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2805/0000/64/0043/12.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial, David Atienza Marcos.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Natil, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de mayo de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/16.874/13)</texto>
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