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    <identificador>BOCM-20130613-113</identificador>
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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/06/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 3. Juicio verbal 1.376 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>139</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 3 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 113 
 Juicio verbal 1.376 de 2012 
  En el procedimiento de juicio verbal número 1.376 de 2012, sobre otras materias, se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 109 de 2013
  En Torrejón de Ardoz, a 20 de mayo de 2013..Vistos por mí, doña Cristina de Mora López, magistrada-juez en funciones de sustitución del Juzgado de primera instancia número 3 de Torrejón de Ardoz, los autos del juicio verbal registrados con el número 1.376 de 2012, seguidos a instancias de “Fercler, Sociedad Limitada”, representada por la procuradora doña Isabel López Gálvez y asistida por el letrado don Alfonso Bibiano Guillén, frente a don Pedro Nova Julio Bautista, declarado en situación de rebeldía procesal.
  Fallo
  Que estimando íntegramente la demanda formulada por la procuradora doña Isabel López Gálvez, en nombre y representación de “Fercler, Sociedad Limitada”, frente a don Pedro Nova Julio Bautista, debo condenar y condeno a este último a abonar a la actora la cantidad de 1.235,08 euros, más el interés legal desde la presentación de la demanda, así como al pago de las costas causadas. La presente sentencia es firme.
  Así por esta mi sentencia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de don Pedro Julio Nova Bautista se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Torrejón de Ardoz, a 21 de mayo de 2013..El secretario (firmado).
  (02/4.081/13)</texto>
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