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    <identificador>BOCM-20130612-26</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Empleo, Turismo y Cultura</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/06/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Depósito estatutos
– Resolución de 6 de mayo de 2013, de la Directora General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados del sindicato Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras (depósito 1291)</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  D) Anuncios 
  CONSEJERÍA DE EMPLEO, TURISMO Y CULTURA 
 
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 RESOLUCIÓN de 6 de mayo de 2013, de la Directora General de Trabajo, sobre depósito de los estatutos modificados del sindicato Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras (depósito 1291). 
  Visto el escrito presentado por doña Dolores Carrascal Prieto, Secretaria de Finanzas de la Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras, y teniendo en cuenta los siguientes
  ANTECEDENTES DE HECHO
  Primero
  Que el citado sindicato presentó el 29 de abril de 2013 escrito en el Registro de la Oficina de Depósito de Estatutos por el que solicita el depósito de la modificación de sus estatutos.
  Se adjunta acta del X Congreso celebrado los días 23, 24 y 25 de enero de 2013, suscrita, entre otros, por la Secretaria de la Mesa del Congreso, doña María Cruz Elvira Gómez, y la Vicepresidenta, doña Mercedes González Calvo, con el visto bueno del Presidente de la citada Mesa, don Julio Miralles García, en la que se acordó, entre otros asuntos, la modificación del texto de los estatutos del citado sindicato.
  Segundo
  Que examinada la documentación presentada se comprueba que la misma cumple todos los requisitos legales establecidos en la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical.
  A los anteriores antecedentes son de aplicación los siguientes
  FUNDAMENTOS DE DERECHO
  Primero
  Que la Dirección General de Trabajo es competente para resolver la presente solicitud, de conformidad con la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, y Real Decreto 932/1995, de 9 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid, en materia de trabajo y demás disposiciones complementarias y concordantes.
  Segundo
  Que del análisis de la documentación aportada se deduce que la modificación de los estatutos contiene todos los requisitos exigidos en el artículo 4.8 de la Ley Orgánica 11/1985, de 2 de agosto, de Libertad Sindical, por lo que procede su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4.4 del mismo texto legal.
  Por todo lo expuesto, esta Dirección General de Trabajo
  ACUERDA
  El depósito de la modificación de los estatutos del sindicato Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras, así como la inserción de esta Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y su exposición en el tablón de anuncios de esta Dirección General, a fin de dar publicidad a la admisión efectuada.
  Cualquier interesado podrá examinar el documento depositado y obtener copia del mismo, siendo posible impugnarlo ante el Juzgado de lo Social, conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Ley 36/2011, Reguladora de la Jurisdicción Social, de 10 de octubre (“Boletín Oficial del Estado” de 11 de octubre de 2011). 
  Madrid, a 6 de mayo de 2013..La Directora General de Trabajo, María del Mar Alarcón Castellanos.
  (03/17.043/13)</texto>
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