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    <fecha_publicacion>2013/06/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Guadalajara número 1. Autos 35 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>138</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE GUADALAJARA NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 202 
 Autos 35 de 2011 
  Don Antonio de la Fuente Figuero, secretario judicial del Juzgado de lo social número 1 de Guadalajara.
  Hago saber: Que en el procedimiento ordinario número 35 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Manuel Granado Herreros, contra Ayuntamiento de Guadalajara, “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, y “Juponsa, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia número 130 de 2013, de fecha 9 de abril de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  1.o  Estimo la demanda de don Manuel Granado Herreros, en reclamación de cantidad, siendo demandados “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, Ayuntamiento de Guadalajara y Fondo de Garantía Salarial, y declaro que la parte demandante tiene derecho a la cantidad de 580 euros, más el 10 por 100 anual desde la fecha del devengo de cada una de las partidas salariales, por los conceptos de su demanda.
   2.o  Condeno a “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, a que abone las referidas cantidades a la parte demandante y a estar a cuantas consecuencias se derivan de la presente declaración.
  3.o  Condeno solidariamente a Ayuntamiento de Guadalajara en lo relativo al abono de 580 euros al demandante.
  4.o  Condeno al Fondo de Garantía Salarial a que pase y esté a las consecuencias de las declaraciones precedentes.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Creek-Bay Promociones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Guadalajara, a 6 de mayo de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/16.632/13)</texto>
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