<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130612-193</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/06/12</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Móstoles número 2. Ejecución 48 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>138</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-06-12-138060620130272</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/06/12/BOCM-20130612-193.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/06/12/BOCM-20130612-193.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/06/12/BOCM-20130612-193.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/06/12/BOCM-20130612-193.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 193 
 Ejecución 48 de 2013 
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 48 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gudelia Bile Ndong Nchama, frente a “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto de fecha 30 de abril de 2013, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Dispongo: Declarar extinguida la relación laboral que unía a doña Gudelia Bile Ndong Nchama con la empresa “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, con fecha de la presente resolución, condenando a “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, a pagar a doña Gudelia Bile Ndong Nchama la cantidad de 3.679,74 euros en concepto de indemnización y 5.951,57 euros en concepto de salarios de tramitación.
  Notifíquese la presente resolución las partes, haciendo saber que contra ella cabe recurso de reposición.
  Así por este mi auto lo pronuncio, mando y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo mandado..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 9 de mayo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/16.545/13)</texto>
</documento>