<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130531-70</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>NAVACERRADA</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/05/31</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Navacerrada. Régimen económico. Modificación ordenanzas fiscales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>5</pagina_inicial>
    <pagina_final>5</pagina_final>
    <diario_numero>128</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-05-31-128300520130050</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/05/31/BOCM-20130531-70.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/05/31/BOCM-20130531-70.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/05/31/BOCM-20130531-70.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/05/31/BOCM-20130531-70.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVACERRADA</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 70 
 Modificación ordenanzas fiscales 
  El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 27 de mayo de 2013, conforme a lo dispuesto en el artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases del Régimen Local, acordó la aprobación provisional del expediente de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de instalaciones y servicios municipales y otros servicios análogos.
  Y, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información púbilica por el plazo de treinta días a contar desde el día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  Navacerrada, a 29 de mayo de 2013..El alcalde en funciones, Enrique Montalvo Bravo.
  (03/17.984/13)</texto>
</documento>