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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/05/31</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Los Molinos. Régimen económico. Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>128</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>LOS MOLINOS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE LOS MOLINOS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
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 Impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica 
  Se encuentran al cobro los recibos del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica correspondientes al ejercicio 2013, en período voluntario, del día 20 de mayo de 2013 al día 20 de noviembre de 2013.
  El Ayuntamiento ha acordado este plazo de ingreso excepcional de seis meses con objeto de que los vecinos de Los Molinos puedan cumplir con su obligación tributaria de una forma más cómoda. Durante este plazo, el contribuyente que lo desee podrá:
  .	Realizar ingresos parciales en la Oficina de Recaudación, siempre que se pague la totalidad del recibo dentro del período voluntario establecido.
  .	Fraccionar o aplazar el pago de la deuda en más tiempo del plazo señalado; en este caso, deberá solicitarlo el interesado.
  El pago de los recibos que no estén domiciliados en banco o caja se puede hacer efectivo en la Oficina de Recaudación del Ayuntamiento, de lunes a viernes, en horario de ocho y treinta a trece, o a través de “Bankia” o “Caixabank” presentando el recibo enviado por correo.
  Los recibos domiciliados en banco o caja, se pasarán al cobro en la segunda quincena del mes de agosto.
  El vencimiento del plazo de ingreso en período voluntario sin haber sido satisfecha la deuda determinará el inicio del período ejecutivo, la exigencia de los intereses de demora y de los recargos de apremio en los términos de los artículos 26 y 28 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y en su caso de las costas del procedimiento de apremio, tal y como se establece en el artículo 161.4 del citado texto legal.
  Lo que se hace público para general conocimiento de todo el vecindario.
  Los Molinos, a 6 de mayo de 2013..El alcalde (firmado).
  (02/3.504/13)</texto>
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