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    <titulo>Madrid número 6. Ejecución 10 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>128</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 102 
 Ejecución 10 de 2013 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 10 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Carlos Assiego Fernández y doña María Dolores García Martínez, frente a “Boticatas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 28 de enero de 2013, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Parte dispositiva:
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Juan Carlos Assiego Fernández, frente a la demandada “Boticatas, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 4.248,42 euros, más 254,90 euros y 424,84 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación.
  Parte dispositiva:
  Se acuerda la acumulación a la presente ejecución número 10 de 2013 la que se sigue también en este Juzgado con el número 11 de 2013 contra la misma deudora “Boticatas, Sociedad Limitada”, continuándose su tramitación en un solo procedimiento por importe de 22.386,49 euros de principal, más 1.347,18 euros y 2.238,64 euros de intereses y costas que se fijan provisionalmente, sin perjuicio de posterior liquidación.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a la empresa “Boticatas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de abril de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/15.174/13)</texto>
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