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    <identificador>BOCM-20130530-83</identificador>
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    <fecha_publicacion>2013/05/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 52. Juicio verbal 1.183 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>127</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 52 
 EDICTO
 
 83 
 Juicio verbal 1.183 de 2011 
  En el presente procedimiento de juicio verbal número 1.183 de 2011, seguido a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Vía Lusitana, número 70, frente a doña María Victoria López, doña Alicia Herrera Valdizán y don Eleuterio Vasco Paloma, se han dictado sentencia y auto, cuyo tenor literal es el siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 16 de febrero de 2012..La ilustrísima señora doña María Santos Gutiérrez, magistrada-juez de primera instancia del número 52 de los de Madrid, habiendo visto los autos de verbal civil seguidos en este Juzgado al número 1.183 de 2011, a instancias de la comunidad de propietarios de la calle Vía Lusitana, número 70, contra doña María Victoria López, doña Alicia Herrera Valdizán y don Eleuterio Vasco Paloma, se ha dictado el siguiente
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por la procuradora doña Beatriz Martínez Martínez, en nombre y representación de la comunidad de propietarios de la calle Vía Lusitana, número 70, de Madrid, frente a doña María Victoria López (“Airclisa”), doña Alicia Herrera Valdizán y don Eleuterio Vasco Paloma, debo condenar y condeno a doña María Victoria López a que haga el pago a la actora de la cantidad de 2.052,76 euros y a doña Alicia Herrera Valdizán la cantidad de 1.142,16 euros, más los intereses correspondientes desde la fecha de presentación de la demanda hasta el completo pago de la deuda.
  Con expresa imposición de costa a los demandados.
  Absolviendo a don Eleuterio Vasco Paloma de los pedimentos de la demanda.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Contra la presente resolución no cabe recurso.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Auto
  Magistrada-juez, doña María Teresa Santos Gutiérrez..En Madrid, a 4 de abril de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se rectifica la sentencia de fecha 16 de febrero de 2012, en el sentido de que donde  sedice en el fallo (quinta línea): “Herera”; debe decir: “Herrera”.
  Así lo manda y firma su señoría. Doy fe..El secretario (firmado)..La magistrada-juez de primera instancia (firmado).
  Y encontrándose dicha demandada doña María Victoria López en paradero desconocido se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma a la misma.
  En Madrid, a 4 de abril de 2013..El secretario (firmado).
  (02/3.651/13)</texto>
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