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    <fecha_publicacion>2013/05/30</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda. Plan General de Ordenación Urbana Iberia, LAE-Nuestra Señora de Loreto</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>127</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda - Dirección General de Planeamiento Urbanístico - Subdirección General de Planeamiento - Departamento de Planificación 2</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda
 Dirección General de Planeamiento
 Subdirección General de Planeamiento
 Departamento de Planificación 2
 
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 Plan General de Ordenación Urbana Iberia, LAE-Nuestra Señora de Loreto 
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 3 de mayo de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:
  Primero..Aprobar inicialmente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana, relativa al Área de Planeamiento Específico 21.07-M “Iberia, LAE-Nuestra Señora de Loreto”. Distrito de Barajas.
  Segundo..Someter el expediente al trámite de información pública, durante el plazo de un mes, mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor difusión, para que puedan presentarse, en el referido plazo, las alegaciones que se estimen oportunas y solicitar los informes de los órganos y entidades públicas previstos legalmente como preceptivos de conformidad con lo previsto en el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y preceptos concordantes.
  Tercero..Remitir el documento técnico a la Consejería competente en materia de Medio Ambiente de la Comunidad de Madrid a los efectos previstos en el artículo 57.d) de la referida Ley 9/2001, de Suelo de la Comunidad de Madrid.
  Cuarto..Suspender, al amparo de lo previsto por el artículo 70.4 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de julio, el otorgamiento de licencias en las parcelas afectadas por el presente acuerdo.
  Lo que se publica para general conocimiento y con el fin de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el expediente, en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Urbanismo y Vivienda, calle Ribera del Sena, número 21, y en la Junta Municipal del Distrito de Barajas, plaza de Mercurio, número 1, en las mañanas de los días hábiles durante el plazo señalado en el segundo punto del presente acuerdo, computable desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y formular por escrito cuantas alegaciones estimen conveniente a su derecho.
  Madrid, a 9 de mayo de 2013..La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.
  (03/16.423/13)</texto>
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