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    <fecha_publicacion>2013/05/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 16. Ejecución 4 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>123</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 16 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 47 
 Ejecución 4 de 2013 
  Doña Ana Correchel Calvo, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 16 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 4 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alan Álvaro Huanca Molina, don Gary Gabriel Huanca Molin, doña Milagros Luzmila Taipe Espillco, doña Odanilda Dolores Gómez de Mejía, don Otoniel Mariano Gamarra Serna y doña Rosalina Becerra Paredes, frente a “Ricetta San Segundo, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 58.907,40 euros de principal, más 5.890,74 euros de intereses y 5.890,74 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Ricetta San Segundo, Sociedad Limitada”, correspondiendo a doña Rosalina Becerra Paredes la cantidad de 5.622,75 euros, a don Alan Álvaro Huanca Molina la cantidad de 4.563,36 euros, a doña Odanilda Dolores Gómez de Mejía la cantidad de 19.187,28 euros, a don Otoniel Mariano Gamarra Serna, la cantidad de 12.120,50 euros, a don Gary Gabriel Huanca Molina la cantidad de 10.303,87 euros, y a doña Milagros Luzmila Taipe Espillco la cantidad de 7.109,64 euros; sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2514/0000/64/0004/13.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ricetta San Segundo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 19 de abril de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/14.126/13)</texto>
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