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    <fecha_publicacion>2013/05/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid. Sala de lo Social. Sección Tercera. Recurso 3.798 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>Tribunal Superior de Justicia de Madrid</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID 
 SALA DE LO SOCIAL
 Sección Tercera
 EDICTO
 
 74 
 Recurso 3.798 de 2012 
  Don Luis Fariñas Matoni, secretario de la Sala de lo social (Sección Tercera) del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
  Hago saber: Que en esta Sala se sigue el recurso de suplicación número 3.798 de 2012, formalizado por el letrado don José Luis Puig Gómez de la Bárcena, en nombre y representación de “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales número 151”, Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social, don Kharnik Kehan Tahmimizyan y “Amusov, Sociedad Limitada”, contra la sentencia de fecha 29 de febrero de 2012 dictada por el Juzgado de lo social número 14 de Madrid, en sus autos número 238 de 2011, seguidos a instancias de “Asepeyo, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales número 151”, frente a Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social, don Kharnik Kehan Tahmimizyan y “Amusov, Sociedad Limitada”, en reclamación por accidente de trabajo-responsabilidad empresarial, en el que ha dictado sentencia de fecha 26 de marzo de 2013, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando el recurso, revocamos la sentencia, y estimando la demanda, declaramos la responsabilidad directa de la entidad “Asumov, Sociedad Limitada”, y las responsabilidades legales subsidiarias por accidente de trabajo del Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social respecto al pago anticipado por la mutua actora por la prestación de incapacidad temporal litigiosa.
  Y para que sirva de notificación a don Kharnik Kehan Tahmimizyan y “Amusov, Sociedad Limitada”, actualmente en domicilio desconocido o ignorado paradero, expido y firmo la presente en Madrid, a 17 de abril de 2013..El secretario (firmado).
  (03/13.683/13)</texto>
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