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    <fecha_publicacion>2013/05/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Huelva número 3. Procedimiento 149 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE HUELVA NÚMERO 3 
 EDICTO
 
 368 
 Procedimiento 149 de 2012 
  Doña María del Carmen Bellón Zurita, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Huelva.
  Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 149 de 2012, a instancias de la parte actora doña María Rocío Expósito Escalera, contra doña Carmen Díaz de Magdalena (administración concursal), Fondo de Garantía Salarial y “LYR Mantenimiento Integral, Sociedad Limitada”, sobre social ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 25 de marzo de 2013, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Fallo
  Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por doña María Rocío Expósito Escalera, contra “LYR Mantenimiento Integral, Sociedad Limitada”, y su administración concursal, integrada por doña Carmen Díaz de Magdalena, debo condenar y condeno a la entidad demandada a abonar a la actora la suma de 1.149,76 euros.
  No se efectúa pronunciamiento respecto del Fondo de Garantía Salarial, a salvo de lo dispuesto en el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, y se les advierte que contra ella cabe recurso de suplicación, ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, anunciable en el plazo de cinco días hábiles siguientes a tal notificación, por escrito o comparecencia o mediante simple manifestación al notificarles la presente, ante este Juzgado de lo social.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  La anterior sentencia ha sido leída y publicada por la ilustrísima señora doña María Auxiliadora Salvago Sanz en el mismo día de su fecha estando celebrando audiencia pública..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación a la demandada “LYR Mantenimiento Integral, Sociedad Limitada”, actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el “Boletín Oficial de la Provincia de Huelva”, y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de anuncios de este Juzgado, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia o se trate de emplazamientos.
  En Huelva, a 25 de marzo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.523/13)</texto>
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