<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130522-65</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MÓSTOLES</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/05/22</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Móstoles. Régimen economico. Matrícula impuesto actividades económicas 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>120</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-05-22-120210520130082</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/05/22/BOCM-20130522-65.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/05/22/BOCM-20130522-65.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/05/22/BOCM-20130522-65.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/05/22/BOCM-20130522-65.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MÓSTOLES</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MÓSTOLES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 65 
 Matrícula impuesto actividades económicas 2013 
  Remitida por la Administración Tributaria Estatal la matrícula provisional correspondiente al impuesto sobre actividades económicas, ejercicio 2013, se encuentra expuesta al público en la Unidad de Ingresos y Coordinación de este Ayuntamiento durante los quince días siguientes a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en horario de nueve a catorce y de lunes a viernes.
  Todos los interesados podrán interponer, contra la matrícula, recurso de reposición ante la Administración de Hacienda de Móstoles en el plazo de quince días, a contar desde el siguiente al del término del período de exposición pública de la matrícula, o reclamación ante el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid en el mismo plazo, sin que puedan interponerse simultáneamente ambos recursos.
  Todo ello en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas.
  Móstoles, a 29 de abril de 2013..La directora general de Gestión Tributaria y Recaudación (firmado).
  (02/3.270/13)</texto>
</documento>