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    <fecha_publicacion>2013/05/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Hoyo de Manzanares. Régimen económico. Resoluciones infracción ordenanzas municipales</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>HOYO DE MANZANARES</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE HOYO DE MANZANARES 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 61 
 Resoluciones infracción ordenanzas municipales 
  Habiendo sido intentada en dos ocasiones la notificación individual a los interesados que se expresan a continuación sin que haya sido posible practicarla, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59.5, 60.2 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a notificar mediante edicto el extracto del contenido del acto que se relaciona a continuación.
  De conformidad con el artículo 61 del citado texto legal, en evitación de cualquier posible lesión que de la publicación íntegra de la citada resolución pudiera derivarse para los derechos e intereses legítimos del interesado, se significa que el texto íntegro del acto que se notifica se encuentra a su disposición, previa acreditación de su identidad o de la representación conferida mediante cualquier medio válido de los admitidos por nuestro ordenamiento jurídico, durante el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en las dependencias del Ayuntamiento, sito en plaza Mayor, sin número, de Hoyo de Manzanares, en horario comprendido entre las ocho y las quince, de lunes a viernes.
  Acto: resoluciones del alcalde-presidente, por las que se acuerda imposición de multas, por infracción a las ordenanzas municipales. Número de expediente: 03/12 SANC.
  Decretos de inicio: 589 y 590/2012, de 29 de junio.
  Infractores: don Petia Gueorguieva Spassova, DNI número X-2692479-F, y don Francisco López Trupita, DNI número 50291184-M.
  Artículo infringido 33.2, ordenanza ecológica de protección de la biodiversidad y de regulación del medio ambiente y de los espacios naturales y urbanos en el ámbito territorial del municipio de Hoyo de Manzanares.
  Sanción: multas por importe de 150 euros a cada uno de los infractores. 
  Lugar de la infracción: calle Gargantilla, número 1-A, de Hoyo de Manzanares.
  Contra las expresadas resoluciones, que son definitivas en la vía administrativa, se podrán interponer los recursos que se indican a continuación: recurso de reposición con carácter potestativo en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la notificación o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la notificación del presente acuerdo o, en su caso, de la resolución expresa del recurso de reposición.
  Transcurrido un mes desde la interposición del recurso de reposición sin resolución expresa de este, se entenderá desestimado por silencio administrativo, abriéndose un plazo de seis meses para la interposición del recurso contencioso-administrativo anteriormente señalado.
  Si la impugnación se refiere exclusivamente a aspectos tributarios del acuerdo, la interposición previa del recurso de reposición tendrá carácter preceptivo, debiéndose interponer, en su caso, el posterior recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, si la resolución del recurso fuese expresa, o de seis meses, a partir del día siguiente a aquel en que el recurso de reposición se entienda desestimado por silencio administrativo (un mes desde el día siguiente al de su interposición). 
  Podrá interponerse recurso extraordinario de revisión en los supuestos previstos en el artículo 118 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones y del Procedimiento Administrativo Común.
  Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente.
  Hoyo de Manzanares, a 4 de abril de 2013..El alcalde, José Ramón Regueiras García.
  (02/2.681/13)</texto>
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