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    <fecha_publicacion>2013/05/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 42. Juicio de faltas 907 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>119</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 42 
 EDICTO
 
 78 
 Juicio de faltas 907 de 2012 
  Doña Ana Rosa Martínez Sudón, secretaria del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 907 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Don Agustín Morales Pérez-Roldán, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 42 de Madrid, ha visto el juicio de faltas seguido en este Juzgado bajo el número 907 de 2012 en virtud de denuncia, habiendo sido partes, el ministerio fiscal, en representación de la acción pública; como denunciante, el establecimiento “Mango”, y como denunciado, don Antonio Naharro Rey.
  Que debo condenar y condeno a don Antonio Naharro Rey, como autor responsable de una falta intentada de hurto, a la pena de un mes de multa, con una cuota diaria de 4 euros, y al pago de costas si procediese su devengo por conceptos necesarios. Se fija una responsabilidad personal subsidiaria para caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas.
  Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes al de su notificación mediante escrito dirigido a este Juzgado, permaneciendo durante dicho plazo las actuaciones a disposición de las partes en la Secretaría del mismo. A dicho recurso se le dará el trámite previsto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
  Así por esta mi sentencia, juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo..Rubricado ilegible.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Antonio Naharro Rey expido la presente en Madrid, a 9 de abril de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/13.142/13)</texto>
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