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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2013/05/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Alcorcón. Organización y funcionamiento. Modificación reglamento participación ciudadana</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>116</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Alcorcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
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 Modificación reglamento participación ciudadana 
  No habiéndose presentado ninguna reclamación ni sugerencia en el trámite de información pública del expediente de modificación del Reglamento de Participación Ciudadana en su capítulo octavo, artículo 4, punto 3, apartado a), según anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 80, de 3 de abril de 2013, se eleva a definitiva su aprobación conforme al siguiente texto:
  “Capítulo Octavo
  Del Defensor de la Familia, Infancia y mayores
  (...)
  En pro del reconocimiento de las personas mayores, de la infancia y de las familias y para la organización de su protección, el Ayuntamiento de Alcorcón crea la figura del Defensor de la Familia, Infancia y Mayores.
  (...)
  Artículo 4.  Del Estatuto personal
  (...)
  3.  Para ser elegido Defensor de la Familia, Infancia y Mayores, se han de reunir los siguientes requisitos:
  a)	Ser mayor de edad, estando en pleno uso de sus derechos civiles y políticos”.
  De conformidad con lo dispuesto en el acuerdo de aprobación, la modificación entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
  Alcorcón, a 14 de mayo de 2013..El secretario general del Pleno, Gabriel Antonio Dotor Castilla.
  (03/15.920/13)</texto>
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