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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/05/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 40. Ejecución 72 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>116</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 210 
 Ejecución 72 de 2013 
  Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 72 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eduardo J. Flores Guillén, frente a “Avenzo, Sociedad Anónima”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 9 de abril de 2013, cuyas partes dispositivas tienen el tenor literal siguiente:
  Auto
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Eduardo J. Flores Guillén, frente a la demandada “Avenzo, Sociedad Anónima”, parte ejecutada, por un principal de 1.656,80 euros, más 165,68 euros y 165,68 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Notifíquese la presente resolución a las partes y estando la ejecutada en paradero desconocido se procede a su notificación a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Decreto
  Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Avenzo, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de abril de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/12.803/13)</texto>
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