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    <titulo>Madrid número 2. Ejecución 48 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 131 
 Ejecución 48 de 2012 
  Don Miguel Ángel Aguilar Ramírez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 48 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Enrique García Abad, frente a don Ramón Tavarez Martínez, sobre ejecución forzosa, se ha dictado decreto de fecha 9 de abril de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Acuerdo: Archivar provisionalmente la presente ejecución, previa nota en el libro correspondiente.
  Visto el estado del procedimiento sin que se haya procedido por la parte ejecutante al cobro de parte del principal que consta consignado en las presentes actuaciones, remítase recordatorio del actor a fin de que en el plazo de ocho días hábiles comparezca al cobro de 1,65 céntimos de euro, bajo apercibimiento de ser transferido dicho importe a la “Cuenta de fondos provisionalmente abandonados”, siendo los días de pago de esta oficina judicial los lunes y martes en horario de nueve a catorce horas.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución, mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 188 y 189 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2500/0000/00/0360/12 de “Banesto”, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Se advierte al destinatario de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Ramón Tavarez Martínez, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 9 de abril de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/12.812/13)</texto>
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