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    <identificador>BOCM-20130515-167</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 2</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/05/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>Santa Cruz de Tenerife número 2. Procedimiento 221 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>114</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 2</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SANTA CRUZ DE TENERIFE NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 167 
 Procedimiento 221 de 2011 
  Don Francisco Javier Bullón Hernández, secretario judicial del Juzgado de lo social número 2 de Santa Cruz de Tenerife.
  Hago saber: Que en el proceso de ejecución seguido en dicho Juzgado con el número 221 de 2011, a instancias de don Antonio Géminis Guardia Martín, contra don José Luis Méndez Altozano, “Consultores Canarios de Control de Calidad y Asistencia Técnica, Sociedad Limitada”, “Instituto Técnico de la Construcción de Canarias, Sociedad Limitada”, y don Carlos Méndez Altozano, sobre reclamación de cantidad, se ha acordado sacar a pública subasta por un plazo de veinte días los bienes que, con su precio de tasación se enumeran a continuación:
  Bienes que se sacan a subasta, valoración y condiciones
  1.  Bien que se saca a subasta:
  Finca número 19.189..Urbana garaje, inscrita al libro 528, tomo 727, folio 152 del Registro de la Propiedad número 11 de Madrid, con un valor de 12.000 euros.
  2.  La subasta se celebrará el día 20 de junio de 2013, a las once horas, en la sede de este Juzgado, avenida 3 de Mayo, número 24, Santa Cruz de Tenerife.
  3.  La certificación registral está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado.
  4.  Los licitadores deberán identificarse de forma suficiente, declarar que conocen las condiciones generales y particulares de subasta y presentar resguardo de haber depositado en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en el “Banesto” número 0030/1846/42/0005001274, en el concepto 3795/0000/64/0221/11, o que han presentado aval bancario por el 20 por 100 del valor de tasación de los bienes. Si el licitador realiza el depósito con cantidades recibidas en todo o en parte de un tercero, deberá hacerlo constar en el resguardo de ingreso a los efectos previsto en los artículos 669.1 y 647 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  5.  Solo el ejecutante podrá hacer postura reservándose la facultad de ceder el remate a un tercero.
  6.  Podrán hacerse posturas por escrito en sobre cerrado, desde el anuncio de la subasta hasta su celebración, haciéndose el depósito al que se ha hecho mención anteriormente. Que podrá hacerse posturas superiores al 50 por 100 del avalúo, pero ofreciendo pagar a plazos con garantías suficientes, bancarias o hipotecarias, del precio del remate. Que no se podrá proceder a la inmediata aprobación del remate si la cantidad ofrecida no superare el 50 por 100 del valor de tasación, o siendo inferior, no cubriere, al menos, la cantidad por la que se ha despachado ejecución, incluyendo la previsión para intereses y costas.
  7.  Cuando la mejor postura sea igual o superior al 70 por 100 del avalúo, se aprobará el remate a favor del mejor postor. Si fuere inferior, se estará a lo previsto en el artículo 670 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  8.  Las cargas o gravámenes anteriores, si los hubiere, al crédito del actor, continuarán subsistentes y que, por el solo hecho de participar en la subasta, el licitador los admite y acepta quedar subrogado en la responsabilidad derivada de aquellos, si el remate se adjudicare a su favor.
  9.  No consta en autos la situación posesoria de la finca.
  10.  Si por fuerza mayor, causas ajenas al Juzgado o por error se hubiere señalado un domingo o día inhábil y no pudiera celebrarse la subasta en el día y hora señalados, se entenderá que se celebrará al siguiente día hábil.
  A los efectos del artículo 668 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se hace saber que la certificación registral y, en su caso, la titulación sobre el inmueble o inmuebles que se subastan está de manifiesto en la oficina judicial sede del órgano de ejecución. Para el supuesto en que la notificación del señalamiento a los ejecutados y, en particular, al ejecutado titular de la finca don José Luis Méndez Altozano y su esposa, doña María Clemencia Cabrera Sánchez, resultare negativa, por encontrarse en ignorado paradero, sirva el presente de notificación edictal que se publicará en el tablón de anuncios de este Juzgado, “Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife”, y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Santa Cruz de Tenerife, a 18 de abril de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/14.196/13)</texto>
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