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    <fecha_publicacion>2013/05/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 56. Juicio verbal 878 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>112</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 56 
 EDICTO
 
 89 
 Juicio verbal 878 de 2010 
  Doña María Ángeles Muñoz Rodríguez, secretaria del Juzgado de primera instancia número 56 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de juicio verbal número 878 de 2010, sobre otras materias, seguido en este Juzgado a instancias de don José Valentín Guzmán de Araña, contra doña Ana María Esparta González y “Mutua Madrileña Automovilista”, sobre reclamación de cantidad, se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallo son los siguientes:
  Sentencia
  Magistrada-juez de primera instancia, doña Ana Cristina Lledó Fernández..En Madrid, a 13 de abril de 2011.
  Siendo parte demandante, don José Valentín Guzmán de Araña, con procurador don Gonzalo Herranz Aguirre, y parte demandada, doña Ana María Esparta González (rebelde) y “Mutua Madrileña Automovilista”, con procuradora doña Begoña López Rodríguez, sobre juicio verbal de tráfico.
  Fallo
  Que desestimando íntegramente la demanda presentada por el procurador don Gonzalo Herranz Aguirre, en nombre y representación de don José Valentín Guzmán de Araña, contra doña Ana María Esparta González y “Mutua Madrileña Automovilista”, debo absolver y absuelvo a las reseñadas demandadas de todos los pedimentos efectuados en su contra, y con expresa imposición de costas a la parte actora.
  Contra esta resolución cabe recurso de apelación, que se interpondrá por escrito ante este Juzgado en el término de cinco días.
  De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, se indica la necesidad de constitución de depósito para recurrir.
  El depósito será de 50 euros, si se trata de recurso de apelación o de rescisión de sentencia firme a instancias del rebelde.
  La consignación se realizará por ingreso de cantidad en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado. El número de cuenta de este Juzgado (dieciséis dígitos) es 2653/0000/00/número de procedimiento con cuatro dígitos/año (dos dígitos). Se deberá indicar en el campo “Concepto” que se trata de un recurso, seguido del código y tipo del recurso del que se trata.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por la magistrada-juez de primera instancia que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha, doy fe, en Madrid.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de doña Ana María Esparta González, para que sirva de notificación a la referida demandada y para su publicación en la Secretaría de este Juzgado y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, extiendo y firmo el presente en Madrid, a 15 de noviembre de 2011..La secretaria (firmado).
  (02/3.147/13)</texto>
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