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    <identificador>BOCM-20130513-110</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/05/13</fecha_publicacion>
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    <titulo>Torrejón de Ardoz número 1. Juicio de faltas 590 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>112</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 110 
 Juicio de faltas 590 de 2011 
  Doña Silvia González Márquez, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 (anterior mixto número 8) de Torrejón de Ardoz.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 590 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 201 de 2012
  Que se pronuncia en nombre de Su Majestad el Rey, en el ejercicio de la potestad jurisdiccional que la Constitución y el pueblo otorgan..En Torrejón de Ardoz, a 13 de junio de 2013.
  Doña María Teresa Rubio Cabrero, magistrada-juez de instrucción del número 1 (anterior mixto número 8) de esta localidad y su partido judicial, habiendo visto y oído los autos de juicio verbal de faltas seguidos al número 590 de 2011, en los que se ha formulado denuncia contra don Luis Villena Nieto, interviniendo también el ministerio fiscal en representación de la acción pública, se emite la presente resolución sobre la base del siguiente
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Luis Villena Nieto, como autor responsable de una falta de desobediencia debida a los agentes de la autoridad, a la pena de quince días de multa, a razón de 6 euros de cuota diaria, todo ello con expresa imposición de las costas procesales. En caso de impago de la multa cumplirá un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias insatisfechas.
  Únase la presente sentencia al libro correspondiente, dejando testimonio de ella en el procedimiento de referencia. Entréguese copia de la misma a las partes.
  Así lo pronuncia, manda y firma doña María Teresa Rubio Cabrero, magistrada-juez de instrucción.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Luis Villena Nieto, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Torrejón de Ardoz, a 8 de abril de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/12.304/13)</texto>
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