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    <fecha_publicacion>2013/04/27</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 8. Juicio de faltas 311 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>99</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8 
 EDICTO
 
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 Juicio de faltas 311 de 2012 
  Doña Matilde García Moreno, secretaria del Juzgado de instrucción número 8 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 311 de 2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y fallo dice:
  Vistos por la señora doña Blanca Grand Delgado, magistrada-juez titular del Juzgado de instrucción número 8 de esta ciudad, los presentes autos de juicio de faltas seguidos en este Juzgado con el número 311 de 2012, sobre falta de hurto, habiendo sido partes: la entidad “Primark”, en calidad de perjudicada; doña Lidia Petrovici y doña Georgina Todor, en calidad de denunciadas, y el ministerio fiscal, en representación de la acción pública.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a doña Lidia Petrovici y a doña Georgina Todor, como autoras penalmente responsables cada una de ellas de una falta de hurto, a la pena a cada una de ellas de cuarenta días de multa, con cuota diaria de 5 euros, haciendo un total de 200 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria para el caso de impago de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas de este procedimiento.
  Se alza el depósito de los efectos que fueron intervenidos y que quedaron en poder de la perjudicada.
  Así por esta mi sentencia, contra la que podrá interponerse recurso de apelación en cinco días a contar de su notificación, mediante escrito motivado a presentar en este Juzgado lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Lidia Petrovici y a doña Georgina Todor, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 22 de marzo de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/11.039/13)</texto>
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