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    <fecha_publicacion>2013/04/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Morata de Tajuña. Régimen económico. Ordenanza fiscal tasa apertura establecimiento</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MORATA DE TAJUÑA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 69 
 Ordenanza fiscal tasa apertura establecimiento 
  El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 1 de abril de 2013, acordó la aprobación inicial de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por apertura de establecimientos en Morata de Tajuña, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por el plazo de treinta días, a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar reclamaciones que estimen oportunas.
  Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.
  Morata de Tajuña, a 4 de abril de 2013..El alcalde, V. Mariano Franco Navarro.
  (03/11.694/13)</texto>
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