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    <titulo>– Madrid. Otros anuncios. Pleno del Ayuntamiento. Expediente administrativo</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Pleno del Ayuntamiento - Secretaría General</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 OTROS ANUNCIOS
 Pleno del Ayuntamiento
 Secretaría General
 
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 Expediente administrativo 
  Resolución de 4 de febrero de 2013, de la Secretaría General del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo número 1.782 de 2012, interpuesto por Asociación de Comerciantes Triball, Asociación de Empresarios de Ocio Nocturno de la CAM de Madrid (Noche Madrid), Asociación de Empresas Profesionales para Gays y Lesbianas de Madrid y su Comunidad y otros, ante la Sección Segunda de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, contra la normativa de protección acústica especial del Distrito Centro y se emplaza a los interesados.
  A tenor de lo dispuesto en el artículo 48 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (“Boletín Oficial del Estado” de 14 de julio de 1998), y en cumplimiento de lo solicitado por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, Sala de lo contencioso-administrativo (Sección Segunda), se acuerda la remisión del expediente administrativo correspondiente al recurso contencioso-administrativo citado en el encabezamiento, interpuesto por Asociación de Comerciantes Triball, Asociación de Empresarios de Ocio Nocturno de la CAM de Madrid (Noche Madrid), Asociación de Empresas Profesionales para Gays y Lesbianas de Madrid y su Comunidad y otros, contra la normativa de protección acústica especial del Distrito Centro, aprobada por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria celebrada el día 26 de septiembre de 2012.
  Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 49 de la citada Ley, se emplaza a todas aquellas personas físicas y jurídicas a cuyo favor hubieren derivado o derivasen derechos de la normativa impugnada y a quienes tuvieran interés directo en el mantenimiento de la misma, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la notificación o, en su caso, publicación de la presente resolución.
  Madrid, a 4 de febrero de 2013..El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.
  (02/1.067/13)</texto>
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