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    <fecha_publicacion>2013/04/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Proyecto urbanización Puerto de las Pilas</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>95</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Madrid</organismo>
    <organismo>Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MADRID 
 URBANISMO
 Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad
 
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 Proyecto urbanización Puerto de las Pilas 
  La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión de 14 de febrero de 2013, adoptó el siguiente acuerdo:
  «Primero..Aprobar definitivamente el proyecto de urbanización del polígono de cooperación del Área de Planeamiento Incorporado 18.11, “Puerto de las Pilas”, Distrito de Villa de Vallecas, con un presupuesto de ejecución por contrata de 133.347,76 euros, IVA incluido.
  Segundo..El plazo previsto para la ejecución de las obras es de cinco meses y medio y el de garantía de dos años a partir de la recepción de las mismas».
  Lo que se comunica para general conocimiento, significándoles que el referido acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, o bien podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.	
  Madrid, a 19 de febrero de 2013..La directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Casilda Méndez Magán.
  (02/1.685/13)</texto>
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