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    <fecha_publicacion>2013/04/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 198 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>95</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 164 
 Ejecución 198 de 2012 
  Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 198 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jesús A. Fernández Fernández, frente a “Gestión Urbanística Integrada Arquitectura, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación de la secretaria judicial, doña María Dolores Marín Relanzón..En Madrid, a 18 de enero de 2013.
  Visto el estado de las presentes actuaciones, y resultando que aún queda pendiente de satisfacer principal, intereses legales y costas provisionales por importe, respectivamente, de 11.940,47 euros, 1.941 euros y 1.941 euros, no constando más bienes de la parte ejecutada “Gestión Urbanística Integrada Arquitectura, Sociedad Limitada”, susceptibles de embargo al margen de los que, en su caso, han sido ya realizados en estos autos, se acuerda dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora por plazo de quince días, al amparo de lo dispuesto en el artículo 276.3 de la Ley de la Jurisdicción Social, a fin de que inste la práctica de las diligencias que a su derecho convenga y designe los bienes de la deudora de los que tenga constancia.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Gestión Urbanística Integrada Arquitectura, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 14 de marzo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/10.032/13)</texto>
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