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    <identificador>BOCM-20130422-133</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/04/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Procedimiento ordinario 356 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>94</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 133 
 Procedimiento ordinario 356 de 2011 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 356 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gema Delgado Ruiz, frente a “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 454 de 2012
  En Madrid, a 8 de noviembre de 2012..Vistos por el ilustrísimo magistrado-juez del Juzgado de lo social número 13 de Madrid, don Ángel Juan Alonso Boggiero, los presentes autos número 356 de 2011, seguidos a instancias de doña Gema Delgado Ruiz, contra “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, sobre cantidad, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia.
  Vistos los preceptos citados y demás de general y pertinente aplicación,
  Fallo
  Estimando la demanda interpuesta, debo condenar a la empresa “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, a que abone a doña Gema Delgado Ruiz la cantidad de 2.567,06 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.
  Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada ha sido la anterior sentencia por el magistrado-juez que la firma estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Acarma Gestión Empresarial, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de marzo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/9.848/13)</texto>
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