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    <identificador>BOCM-20130422-10</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno</departamento>
    <rango>RESOLUCIÓN</rango>
    <fecha_publicacion>2013/04/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Acuerdo comisión bilateral
– Resolución de 22 de marzo de 2013, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, en relación con la Ley 5/2012, de 20 de diciembre, de Viviendas Rurales Sostenibles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>I. COMUNIDAD DE MADRID</seccion>
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  <texto>I. COMUNIDAD DE MADRID 
  C) Otras Disposiciones 
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 RESOLUCIÓN de 22 de marzo de 2013, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid, en relación con la Ley 5/2012, de 20 de diciembre, de Viviendas Rurales Sostenibles. 
  Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General Técnica dispone la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del Acuerdo que se transcribe como Anexo a la presente Resolución.
  Madrid, a 22 de marzo de 2013..El Secretario General Técnico de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, José de la Uz Pardos.
  ANEXO
  ACUERDO DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD DE MADRID, EN RELACIÓN CON LA LEY DE LA COMUNIDAD DE MADRID 5/2012, DE 20 DE DICIEMBRE, DE VIVIENDAS RURALES SOSTENIBLES
  La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid ha adoptado el siguiente
  ACUERDO
  Primero
  Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con la Ley de la Comunidad de Madrid 5/2012, de 20 de diciembre, de Viviendas Rurales Sostenibles.
  Segundo
  Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
  Tercero
  Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el “Boletín Oficial del Estado” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  (03/12.315/13)</texto>
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