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    <fecha_publicacion>2013/04/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Procedimiento 1.163 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>92</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 199 
 Procedimiento 1.163 de 2012 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.163 de 2012, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Tudorel Lucian Daminescu, frente a “Grupo Segurber, Sociedad Limitada” y “Segurber Control, Sociedad Limitada”; sobre despidos/ceses en general se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Ha lugar a la práctica de la diligencia de prueba interesadas por la parte actora, y en su consecuencia se acuerda:
  Citar a los testigos propuestos por dicha parte, don Javier García Serrano, don Constantín Ivascu y don Enrique Rodríguez Molina, para que comparezcan al acto del juicio señalado para el 18 de abril de 2013, a las once horas, advirtiéndoles de que tiene el deber de comparecer y que la infracción injustificada de dicho deber será sancionada con arreglo a lo establecido en el artículo 292.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
  Practíquese las diligencias de citación y/o requerimiento oportunas en relación con lo acordado.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto” 2805-0000-61-1163-12.
  Así, por este auto, lo acuerda, manda y firma, la ilustrísima señora magistrada-juez, doña María Luisa Gil Meana.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado, y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Segurber Control, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de abril de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/12.817/13)</texto>
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