<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130418-257</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SALAMANCA NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/04/18</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Salamanca número 2. Autos 113 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>11</pagina_inicial>
    <pagina_final>11</pagina_final>
    <diario_numero>91</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-04-18-91100420130343</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/18/BOCM-20130418-257.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/18/BOCM-20130418-257.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/18/BOCM-20130418-257.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/18/BOCM-20130418-257.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE SALAMANCA NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE SALAMANCA NÚMERO 2 
 EDICTO
 
 257 
 Autos 113 de 2013 
  En virtud de lo acordado en los autos de procedimiento ordinario número 113 de 2013, siendo demandante don Manuel Esteban Calzada Acosta, con abogada doña Esther Coca del Bosque, y demandados “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, y Fondo de Garantía Salarial, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 59 de la Ley de Procedimiento Laboral y 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se cita a “Esabe Vigilancia, Sociedad Anónima”, cuyo último domicilio lo tuvo en la calle Cronos, números 8-10, de Madrid, a fin de que el día 28 de mayo de 2013, a las diez horas, comparezca ante este Juzgado, sito en la plaza de Colón, sin número, Sala 8, planta sótano, de esta ciudad, para celebrar acto de conciliación, y a continuación el del juicio, de no haber avenencia. Advirtiéndole que es única convocatoria que deberá concurrir con todos los medios de prueba de que intente valerse, y que el acto no podrá suspenderse por falta injustificada de asistencia de las partes.
  Y se le hace constar que las copias de la demanda se encuentran a su disposición en la Secretaría de este Juzgado y bajo apercibimiento de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.
  Insértese un extracto de la resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Y para que sirva de citación y requerimiento en forma a la demandada, expido la presente que firmo.
  En Salamanca, a 27 de marzo de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/11.110/13)</texto>
</documento>