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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>NAVARREDONDA Y SAN MAMÉS</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/04/17</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Navarredonda y San Mamés. Régimen económico. Modificación de créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>90</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>NAVARREDONDA Y SAN MAMÉS</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE NAVARREDONDA Y SAN MAMÉS 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 59 
 Modificación de créditos 
  A los efectos de lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y 169.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se hace público para general conocimiento que el Ayuntamiento de Navarredonda y San Mamés, en sesión celebrada el día 9 de febrero de 2013, adoptó acuerdo inicial que ha resultado definitivo, al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente número uno de modificación de créditos y suplementos de crédito, que afecta al vigente presupuesto de esta Entidad Local, que se financia con cargo al remanente libre de tesorería del ejercicio 2012.
  
 
   Según lo dispuesto en el artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, se podrá interponer directamente contra el referenciado expediente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Navarredonda, a 2 de abril de 2013..El presidente, José María Fernández Martín.
  (03/10.892/13)</texto>
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