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    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/04/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 40. Ejecución 59 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>85</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 40 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 245 
 Ejecución 59 de 2011 
  Doña Mercedes Llopis Lucas, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 40 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 59 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Andrés Martínez Portillo, frente a “Cerramientos Metálicos Pinto, Sociedad Limitada”, “Crear y Promover, Sociedad Limitada”, y “Técnicas y Desarrollos Metálicos, Sociedad Limitada Laboral”, sobre ejecución forzosa, se han dictado auto y decreto de fecha 1 de febrero de 2013 siguientes:
  Auto
  Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Andrés Martínez Portillo, frente a la demandada “Técnicas y Desarrollos Metálicos, Sociedad Limitada Laboral”, “Crear y Promover, Sociedad Limitada”, y “Cerramientos Metálicos Pinto, Sociedad Limitada”, parte ejecutada, por un principal de 39.559,68 euros, más 3.955,96 euros de intereses provisionales y 3.955,96 euros de costas provisionales en la ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Decreto
  En orden a dar efectividad a la orden general de ejecución acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Técnicas y Desarrollos Metálicos, Sociedad Limitada Laboral”, “Crear y Promover, Sociedad Limitada”, y “Cerramientos Metálicos Pinto, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 1 de marzo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.566/13)</texto>
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