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    <titulo>Madrid número 15. Procedimiento ordinario 108 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 144 
 Procedimiento ordinario 108 de 2012 
  Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 108 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sara Prieto de Córdoba, frente a “Alder Médico Quirúrgica, Sociedad Limitada”. “Balnadu, Sociedad Limitada”, Fondo de Garantía Salarial y “Saturno 47, Sociedad Limitada, UTE”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Estimando la demanda formulada por doña Sara Prieto de Córdoba, debo condenar y condeno solidariamente a las empresas demandadas a que abonen a la parte actora 2.280 euros netos, más el 10 por 100 de la mencionada cantidad en concepto de interés por mora.
  Contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Alder Médico Quirúrgica, Sociedad Limitada”. “Balnadu, Sociedad Limitada”, y “Saturno 47, Sociedad Limitada, UTE”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 4 de marzo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.589/13)</texto>
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