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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 1</departamento>
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    <fecha_publicacion>2013/04/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Pozuelo de Alarcón número 1. Juicio de faltas 202 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>85</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE POZUELO DE ALARCÓN NÚMERO 1 
 EDICTO
 
 111 
 Juicio de faltas 202 de 2011 
  Doña Ana Jiménez Delgado, secretaria del Juzgado de instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 202 de 2011 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia
  En Pozuelo de Alarcón, a 19 de abril de 2011..Doña Mónica Gómez Ferrer, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 1 de Pozuelo de Alarcón, en los presentes autos de juicio de faltas número 202 de 2011, ha pronunciado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente
  Sentencia número 68 de 2011
  Una vez celebrado, en juicio oral y público, el juicio de faltas número 205 de 2011, tramitado en este Juzgado por la presunta comisión de una falta de hurto, en el que intervinieron don Marius Popescu y don Salvador Pérez Alonso, habiendo sido parte el ministerio fiscal.
  Fallo
  En atención a lo expuesto, este órgano judicial, por la autoridad que le confiere la Constitución, ha decidido:
  Que debo condenar y condeno a don Salvador Pérez Alonso, como autor de una falta de hurto, a la pena de cuarenta días de multa, con una cuota diaria de 6 euros, y todo ello con la responsabilidad personal subsidiaria del artículo 53 del Código Penal en caso de impago, y con expresa imposición de las costas procesales cursadas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, previniéndoles de que contra la misma podrán interponer, en este Juzgado para la ante ilustrísima Audiencia Provincial, recurso de apelación mediante escrito de formalización de tal recurso, lo que deberá de cumplimentarse en el plazo de cinco días contados desde el día siguiente a la fecha de dicha notificación.
  Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificado a las actuaciones originales para su notificación y cumplimiento, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Salvador Pérez Alonso, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Pozuelo de Alarcón, a 7 de marzo de 2012..La secretaria (firmado).
  (03/8.778/13)</texto>
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