<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130410-152</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/04/10</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 33. Ejecución 294 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>6</pagina_inicial>
    <pagina_final>6</pagina_final>
    <diario_numero>84</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-04-10-84270320130132</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/10/BOCM-20130410-152.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/10/BOCM-20130410-152.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/10/BOCM-20130410-152.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/04/10/BOCM-20130410-152.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 33 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 152 
 Ejecución 294 de 2012 
  Doña Teresa Domínguez Velasco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 33 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 294 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Álvaro Conde Moreno, frente a “Esabe Vigilancia, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 5 de marzo de 2013.
  Hechos:
  Primero..El 4 de febrero de 2013 se dictó decreto acordando: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en el plazo de quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes de la ejecutada que les consten, advirtiéndoles que de no hacerlo así en el plazo señalado se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Segundo..El 20 de febrero de 2013 se dicta de nuevo decreto acordando:
  a)  Declarar a la ejecutada “Esabe Vigilancia, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 650 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada. De conformidad con el artículo 276 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
  Tercero..Frente a este último se recurre en revisión por la parte actora.
  Razonamientos:
  Primero..Efectivamente el decreto de 20 de febrero de 2013 se dicta sin esperar al plazo conferido en el dictado 4 de febrero de 2012 para el archivo de la ejecutoria.
  Segundo..Ello unido a que la parte actora indica bienes susceptibles de embargo, se acuerda revisar dicha resolución y ordenar que siga abierta la ejecutoria, oficiando a la Intervención Central de Armas y Explosivos de la Guardia Civil a efectos de que se manifieste si tiene conocimiento o depósito los bienes mencionados.
  Tercero..Contra esta resolución no cabe recurso.
  Acuerdo: Revisar el decreto de 20 de febrero de 2013 y ordenar que siga abierta la ejecutoria, adoptando las medidas que procedan de los bienes indicados.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social, don José Pablo Aramendi Sánchez.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Esabe Vigilancia, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 5 de marzo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.344/13)</texto>
</documento>