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    <fecha_publicacion>2013/04/10</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Ejecución 205 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>84</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 149 
 Ejecución 205 de 2012 
  Doña María Luisa García Tejedor, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 205 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Óscar Iván Nabalón Barrientos, frente a “Global Technologies &amp; Business Consulting España, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  En Madrid, a 5 de marzo de 2013.
  Parte dispositiva:
  Se aprueba la liquidación de intereses y tasación de costas practicada por la suma de 3.368,38 euros a cuyo pago resulta condenada la parte demandada en las presentes actuaciones.
  Póngase a disposición las cantidades resultantes de la liquidación de intyereses y tasación de costas practicada, correspondiendo al letrado don Francisco Verdejo Fernández la cantidad de 3.137,32 euros en concepto de honorarios y a don Óscar Iván Nabalón Barrientos la cantidad de 231,06 euros en concepto de intereses, y existiendo un sobrante de 458,77 euros y no habiendo procedimientos abiertos contra la misma apremiada, procédase a devolver a la misma dicha cantidad una vez firme la presente resolución, librándose al efecto los oportunos mandamientos de pago.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2803/0000/64/0205/12.
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Global Technologies &amp; Business Consulting España, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 5 de marzo de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/8.341/13)</texto>
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