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    <titulo>Madrid número 32. Ejecución 38 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>77</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 108 
 Ejecución 38 de 2013 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 630 de 2012, ejecución número 38 de 2013-JG de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Lorenza Fernández Barajas frente a “Domeque Asesores, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado por la magistrada-juez doña María Gil Meana el auto de 7 de marzo de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo despachar orden general de ejecución de la sentencia de 8 de noviembre de 2012, aclarada por auto de 20 de noviembre de 2012, a favor de la ejecutante doña Lorenza Fernández Barajas frente a “Domeque Asesores, Sociedad Limitada”.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto” 2805-0000-64-0038-13.
  Así, por este auto, lo acuerda, manda y firma, la ilustrísima señora magistrada-juez doña María Luisa Gil Meana.
  Diligencia de ordenación del secretario judicial don David Atienza Marcos..En Madrid, a 7 de marzo de 2013.
  El anterior escrito únase a los autos de su razón y dese traslado de copia a las otras partes afectadas. Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de 8 de noviembre de 2012, aclarada por auto de 20 de noviembre de 2012, a la empresa “Domeque Asesores, Sociedad Limitada”, en favor de la demandante doña Lorenza Fernández Barajas y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, el día 10 de mayo de 2013, a las ocho y cincuenta horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteselas en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que, si no acudiese, la parte demandante (por sí o debidamente representada), se la tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición ante este Juzgado; no obstante lo cual, se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación, con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..El secretario judicial (firmado).
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto o sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación y citación en legal forma a “Domeque Asesores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de marzo de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/8.849/13)</texto>
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