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    <titulo>Madrid número 4. Ejecución 39 de 2013</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 32 
 Ejecución 39 de 2013 
  Doña Ana María Ruiz Tejero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 4 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 39 de 2013 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mario Eugenio Rodríguez Moha, frente a “LYR Mantenimiento Integral, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 22 de febrero de 2013.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que en esta fecha ha tenido entrada en este Juzgado escrito y copias presentado por don Mario Eugenio Rodríguez Moha, solicitando la ejecución de sentencia de fecha 18 de julio de 2012 por la que se condena a “LYR Mantenimiento Integral, Sociedad Limitada”, al pago de cantidad líquida; asimismo, hago constar que dicho título es firme. Paso a dar cuenta..Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 22 de febrero de 2013.
  Parte dispositiva:
  No ha lugar a despachar la ejecución por encontrarse la entidad ejecutada “LYR Mantenimiento Integral, Sociedad Limitada”, en situación de concurso de acreedores por el Juzgado de lo mercantil número 2 de Madrid, autos número 498 de 2011.
  Hágase entrega a la parte actora de copia sellada de la demanda y testimonio de sentencia recaída en este procedimiento, así como de la presente resolución, y archívense las actuaciones previa baja en el libro correspondiente.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2502/0000/64/0039/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Isabel Saiz Areses.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “LYR Mantenimiento Integral, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 22 de febrero de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.017/13)</texto>
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