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    <fecha_publicacion>2013/03/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Procedimiento ordinario 1.043 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 133 
 Procedimiento ordinario 1.043 de 2012 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.043 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Agustín Mazuelos Labadía, frente a “Cbre Global Investors Europe”, “Cbre Global Inverstors Italy, Sociedad de Responsabilidad Limitada”, y “Cbre Global Investors Southern Europe, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:
  Diligencia..En Madrid, a 3 de diciembre de 2012.
  La extiendo yo, el secretario judicial, para hacer constar que ha tenido entrada con fecha 15 de noviembre de 2012 escrito de la parte actora presentando recurso de reposición contra el auto de archivo de fecha 31 de octubre de 2012. Únase a los autos..Doy fe.
  Diligencia de ordenación del secretario judicial, don David Atienza Marcos..En Madrid, a 3 de diciembre de 2012.
  Visto el anterior escrito, únase a los autos de su razón. Se tiene por interpuesto recurso de reposición por don Agustín Mazuelos Labadía contra la resolución de fecha 31 de octubre de 2012. Dese traslado de copia de lo presentado a las otras partes para que en el plazo de tres días lo impugnen si así les conviene, con apercibimiento, en caso de dejar transcurrir dicho plazo sin verificarlo, de darse por precluido dicho trámite, quedando los autos para resolver (artículo 187.3 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social).
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Cbre Global Investors Europe”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 11 de febrero de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/6.996/13)</texto>
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