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    <fecha_publicacion>2013/03/28</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Procedimiento 954 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>74</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 127 
 Procedimiento 954 de 2010 
  Don David Atienza Marcos, secretario judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 954 de 2010, ejecución número 174 de 2012-M, de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Marisol Herreño Traslaviña, frente a don Freddy Pérez Chávez y Asociación de Cooperación al Desarrollo Integral de los Pueblos, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado por la magistrada-juez doña María Luisa Gil Meana el auto de fecha 25 de enero de 2013, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Parte dispositiva:
  Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Marisol Herreño Traslaviña con don Freddy Pérez Chávez y Asociación de Cooperación al Desarrollo Integral de los Pueblos, con efectos de esta resolución, condenando a estos a que abone a aquella la cantidad de 5.860,81 euros en concepto de indemnización, y la cantidad de 28.485,68 euros en concepto de salarios devengados desde el despido hasta la presente resolución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2805/0000/64/0174/12.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma la ilustrísima magistrada-juez de lo social doña María Luisa Gil Meana.
  Se advierte a los destinatarios de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a don Freddy Pérez Chávez y Asociación de Cooperación al Desarrollo Integral de los Pueblos, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 4 de febrero de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/7.013/13)</texto>
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