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    <fecha_publicacion>2013/03/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 37. Ejecución 97 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>72</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 37 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 206 
 Ejecución 97 de 2012 
  Doña María Teresa Estrada Barranco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 37 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 97 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Joaquín Ricardo Martínez Tuch, frente a “Ábaco Unlimited, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto
  En Madrid, a 30 de mayo de 2012.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo desestimar el incidente de no readmisión al no haberse producido esta por causa imputable al trabajador. Prosígase la ejecución por los salarios de tramitación desde el despido hasta la notificación de la sentencia.
  Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a esta resolución cabe interponer recurso de reposición en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículos 186 y 187 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta número 2810/0000/64/0097/12.
  Así por este auto lo manda y firma su señoría ilustrísima..El magistrado-juez de lo social (firmado).
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 57 a 62 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Ábaco Unlimited, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de enero de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/6.754/13)</texto>
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