<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20130314-164</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2013/03/14</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento ordinario 1.246 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>8</pagina_inicial>
    <pagina_final>8</pagina_final>
    <diario_numero>62</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2013-03-14-62010320130021</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/03/14/BOCM-20130314-164.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/03/14/BOCM-20130314-164.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/03/14/BOCM-20130314-164.PDF</url_pdf>
    <url_epub>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2013/03/14/BOCM-20130314-164.epub</url_epub>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 164 
 Procedimiento ordinario 1.246 de 2011 
  Doña María Belén Gómez Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 1.246 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Julio Ángel Báez Reyes, frente al Fondo de Garantía Salarial y “Vermunorte 2000, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Que estimando como estimo la demanda presentada por don Julio Ángel Báez Reyes, contra la empresa “Vermunorte 2000, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a dicha demandada a que abone al actor la cantidad de 1.171,81 euros de principal, más los intereses legales.
  Se advierte a las partes que esta sentencia es firme y contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vermunorte 2000, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de febrero de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/5.459/13)</texto>
</documento>