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    <titulo>Madrid número 9. Ejecución 251 de 2011</titulo>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 111 
 Ejecución 251 de 2011 
  Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 251 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Santiago Sánchez Vega, frente a “Bamentras Logística, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Rafael Lozano Terrazas..En Madrid, a 15 de noviembre de 2012.
  Habiéndose producido varios ingresos en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado por importes de 695,65 euros, 2.130,45 euros y 696,62 euros, únanse a las presentes actuaciones resguardos de los citados ingresos; y visto su  contenido póngase a disposición del ejecutante don Santiago Sánchez Vega la cantidad de 3.522,72 euros en concepto de parte del principal, librándose al efecto los oportunos mandamientos de devolución y debiendo comparecer en la Secretaría de este Juzgado para retirarlos una vez sea firme la presente resolución.
  El principal de la presente ejecución queda reducido a la cantidad de 11.805,22 euros.
  Asimismo, habiendo caducado los mandamientos de devolución expedidos a nombre del ejecutante por importe de 1.048,81 euros, expidanse nuevamente advirtiéndose al ejecutante que deberá comparecer en la Secretaría de este Juzgado para retirarlos o bien designar por escrito un número de cuenta bancaria para proceder a la transferencia del importe obtenido, debiendo en este caso acreditar la titularidad de la cuenta bancaria.
  Asimismo, por recibida diligencia del Servicio Común de Actos de Comunicación y Ejecución de Madrid, únase a las presentes actuaciones con entrega de copia a la parte ejecutante a los efectos legales oportunos; y visto su contenido y habiéndose comunicado el fallecimiento del ejecutado don Luis Carballo Martín, se consulta telemáticamente la base de datos del Registro Civil de Madrid, constando inscrito el fallecimiento del ejecutado y uniéndose a las actuaciones copia de la citada consulta, y con todo ello se acuerda la suspensión de la ejecución frente al ejecutado don Luis Carballo Martín, continuándose la misma frente a la empresa ejecutada “Bamentras Logística, Sociedad Limitada”.
  Asimismo, por recibidos los anteriores oficios de “Allianz Seguros”, “Roland Systems Group EMEA, Sociedad Limitada”, “Helvetia Seguros”, “Zúrich Seguros”, “Sandros Accesories, Sociedad Limitada”, “Distrib-Sud Moda y Complementos, Sociedad Limitada”, y “Teria Yabar, Sociedad Limitada”, únanse a los autos de su razón con entrega de copias al ejecutante a los efectos legales oportunos; visto su contenido negativo y el estado de las presentes actuaciones, y quedando pendiente de satisfacer en la presente ejecutoria la suma de 11.805,22 euros de principal y 3.400 euros de intereses y costas, sin que las actuaciones e indagaciones practicadas hayan resultado positivas en orden a traba de bienes de la ejecutada, procédase a dictar insolvencia y antes de ello, conforme lo previsto en el artículo 276.1 de la Ley de la Jurisdicción Social a dar audiencia a la parte ejecutante y al Fondo de Garantía Salarial para que en el plazo máximo de quince días hábiles insten lo que a su derecho convenga en orden a la continuación de la ejecutoria, designando en tal caso bienes concretos de la deudora sobre los que despachar ejecución.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación ante la secretaria judicial que dicta esta resolución con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma.
  Así lo ordeno y firmo.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Bamentras Logística, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de febrero de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/5.183/13)</texto>
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