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    <titulo>Madrid. Sección Vigésima. Recurso 599 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID 
 Sección Vigésima
 EDICTO
 
 71 
 Recurso 599 de 2011 
  Doña Ana María Pita López, secretaria de la Sección Vigésima de la Audiencia Provincial de Madrid.
  Hago saber: Que en el rollo de apelación 599 de 2011, dimanante de autos número 659 de 2009, sobre juicio ordinario del Juzgado de primera instancia número 1 de Coslada, seguido entre los apelantes don Manuel y doña María del Pilar González Cebolla, contra los apelados doña Carmen de la Puerta Salamanca, doña María del Carmen González Cebolla, doña María de los Reyes González Cebolla, doña María de los Ángeles González Cebolla, don Ángel Luis González Cebolla y herencia yacente de doña Dolores Cebolla Adán, estando esta última en ignorado paradero, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente
  Fallamos
  Se estima el recurso interpuesto por la representación procesal de don Manuel y doña María del Pilar González Cebolla, contra la sentencia de 27 de octubre de 2010, dictada por el Juzgado de primera instancia número 1 de los de Coslada, en los autos de procedimiento ordinario número 659 de 2009, la cual se revoca en parte, en el siguiente sentido:
  Se imponen a la demandante las costas causadas como consecuencia de la acción de resolución contractual por cesión inconsentida ejercitada únicamente contra los aquí apelantes.
  Se confirman los demás pronunciamientos.
  Todo ello sin formular pronunciamiento de condena sobre las costas causadas en esta alzada y con devolución del depósito constituido para recurrir.
  La presente resolución se notificará en legal forma a las partes, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso ordinario alguno.
  Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.
  Y para que sirva de notificación a la herencia yacente de doña Dolores Cebolla Adán, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de enero de 2013..La secretaria (firmado).
  (03/4.147/13)</texto>
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