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    <titulo>Madrid número 9. Procedimiento 126 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>50</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 9 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 109 
 Procedimiento 126 de 2012 
  Don Rafael Lozano Terrazas, secretario judicial del Juzgado de lo social número 9 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 126 de 2012 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Genaro Jiménez de las Heras, don Iosif Duca Marín y don Santiago Martínez García frente a “Vidacur, Sociedad Limitada”, sobre procedimiento ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Auto de acumulación de 23 de noviembre de 2012, cuya copia literal se adjunta a la presente:
  Auto
  En Madrid, a 23 de noviembre de 2012.
  Dispongo:
  Acumúlense a estos autos los que se siguen en este Juzgado con el número 313 de 2012, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.
  Notifíquese la presente resolución a las partes de todos los procedimientos, haciéndoles saber que los actos de conciliación y, en su caso, juicio, se desarrollarán el día 2 de abril de 2013, a las diez y treinta horas, quedando citadas las partes con la notificación de la presente resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral). 
  Lo que propongo a su señoría para su conformidad..El secretario judicial (firmado)..El magistrado-juez de lo social, José María Reyero Sahelices.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Vidacur, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de febrero de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/5.074/13)</texto>
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