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    <fecha_publicacion>2013/02/16</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 13. Ejecución 209 de 2011</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 59 
 Ejecución 209 de 2011 
  Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 209 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Aziz Zouhair El Arjaoui, contra la empresa “Yswhon 98, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Decreto
  En Madrid, a 16 de enero de 2013..Por todo lo cual,
  Parte dispositiva:
  a)  A los efectos de las presentes actuaciones, y para el pago de 5.037,52 euros de principal, 302,22 euros de intereses y 503,75 euros calculados para costas, se declara la insolvencia provisional total de la ejecutada “Yswhon 98, Sociedad Limitada”, sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.
  b)  Archivar las actuaciones, previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.
  c)  Remitir a la parte ejecutante copia sellada de la demanda y testimonios de la sentencia, auto de extinción de relación laboral, en su caso, auto y decreto de ejecución y decreto de insolvencia a efectos de su aportación al Fondo de Garantía Salarial. De conformidad con el artículo 276.5 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social, remítase testimonio de esta resolución al “Boletín Oficial del Registro Mercantil” a efectos de publicación de su parte dispositiva.
  Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes resoluciones.
  Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2511/0000/64/0299/11.
  Así lo acuerdo y firmo. Doy fe..La secretaria judicial, María Isabel Tirado Gutiérrez.
  Diligencia..Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social..Doy fe.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Yswhon 98, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de enero de 2013..La secretaria judicial (firmado).
  (03/2.130/13)</texto>
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