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    <fecha_publicacion>2013/02/12</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 21. Despidos/ceses en general 353 de 2012</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 21 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 128 
 Despidos/ceses en general 353 de 2012 
  Don Enrique Roldán López, secretario judicial del Juzgado de lo social número 21 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento número 10 de 2013-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Arturo Rodríguez García, frente a “Estampaciones Ajalvir, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se han dictado diligencia y auto, cuyo cuerpo íntegro y parte dispositiva, respectivamente, son de los tenores literales siguientes:
  Se tiene por solicitada la ejecución de la obligación de readmitir impuesta, en sentencia de fecha 18 de octubre de 2012, a la empresa “Estampaciones Ajalvir, Sociedad Limitada”, a favor del demandante don Arturo Rodríguez García y, previo a su resolución, se acuerda oír a las partes en comparecencia, que se celebrará en este Juzgado de lo social, sito en la calle Princesa, número 3, el día 20 de febrero de 2013, a las nueve y cinco horas, que solo versará sobre la falta de readmisión en debida forma que se ha alegado, a la que deberán acudir con todos los medios de prueba de que intenten valerse en orden a esa cuestión. Cíteseles en legal forma a tal fin, quedando advertidas de que si no acudiese la parte demandante (por sí o debidamente representada), se le tendrá por desistida de su petición, en tanto que si el ausente fuese el empresario (por sí o legalmente representado), el acto se celebrará sin su presencia.
  Extráigase de forma telemática la vida laboral del ejecutante y cítese al Fondo de Garantía Salarial con entrega de copia de la presente, auto de ejecución de la sentencia y de la demanda.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días hábiles contados desde el siguiente de la notificación con expresión de la infracción cometida a juicio del recurrente, sin cuyos requisitos no se admitirá el recurso (artículo 186.1 de la Ley de la Jurisdicción Social).
  Así lo acuerdo y firmo..Doy fe.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Despachar orden general de ejecución del título indicado a favor del ejecutante, don Arturo Rodríguez García, frente a “Estampaciones Ajalvir, Sociedad Limitada”.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2519/0000/64/0010/13.
  Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social.
  Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.
  Y para que sirva de notificación en legal forma a “Estampaciones Ajalvir, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios del Juzgado.
  En Madrid, a 22 de enero de 2013..El secretario judicial (firmado).
  (03/2.871/13)</texto>
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